La Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio ha publicado en el DOGV (núm. 10329, de 25 de marzo de 2026) la convocatoria de subvenciones Territorios Innovadores para el ejercicio 2026. El objetivo es financiar proyectos de innovación en municipios de la Comunitat Valenciana con un presupuesto total de 4.000.000 de euros. El plazo para presentar solicitudes es de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación, lo que sitúa el cierre en torno al 14 de abril de 2026.

Si tu ayuntamiento tiene un proyecto de innovación en marcha o previsto, esta convocatoria tiene cuantías relevantes y porcentajes de cofinanciación especialmente favorables para municipios pequeños. Y si no tienes un proyecto definido, tampoco es motivo para quedarse fuera: municipiODS ya tiene líneas de trabajo documentadas y listas para presentar, como la certificación en sostenibilidad municipal o la creación de oficinas municipales del dato. El plazo es corto, pero no tienes que empezar desde cero.

Si quieres revisar si tu municipio puede presentarse, consulta al equipo técnico de municipiODS.

Dos programas, dos lógicas de proyecto

La convocatoria se articula en dos programas con objetos diferenciados:

Programa I — Proyectos de innovación de alto impacto transformador

Para actuaciones que supongan un cambio significativo en la forma en que el municipio presta servicios o gestiona su territorio. El presupuesto máximo del programa es de 2.700.000 €.

Programa II — Proyectos piloto de innovación

Para experiencias más acotadas, de carácter experimental o de validación. El presupuesto máximo del programa es de 1.300.000 €.

Cada municipio puede presentar una única solicitud y debe elegir a cuál de los dos programas concurre. En el caso de mancomunidades, se suma la población de los municipios que la integran a efectos de determinar la línea.

Cuantías por línea de población

Ambos programas se estructuran en tres líneas según el número de habitantes, con porcentajes de cofinanciación que llegan al 95 % del gasto subvencionable para los municipios más pequeños:

LíneaPoblaciónProg. I (máx.)Prog. II (máx.)% subvención
AMás de 50.001 hab.318.000 €210.000 €50 %
B10.001 – 50.000 hab.882.000 €315.000 €75 %
CHasta 10.000 hab.1.500.000 €775.000 €95 %

El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria es de 150.000 € en el Programa I y de 75.000 € en el Programa II, con independencia de la línea.

Las subvenciones se asignan por orden hasta agotar el importe convocado en cada programa y línea. Si una línea no agota su cuota, el remanente pasa a la línea A. Si un programa no agota el suyo, el sobrante se reasigna empezando por el Programa I.

Qué gastos son subvencionables

Serán elegibles las actuaciones ejecutadas y pagadas entre el 1 de enero de 2025 y la fecha máxima de justificación, que es el 16 de noviembre de 2026. Esto significa que proyectos ya iniciados en 2025 pueden acogerse a esta convocatoria si cumplen el resto de requisitos.

Cuando el proyecto tenga varias fases, se puede solicitar la subvención para una o varias de ellas de forma independiente, especificando en la solicitud a qué fase corresponde.

Documentación necesaria

Con carácter general, la solicitud debe acompañarse de:

  • Acreditación de la representación del firmante (certificado del secretario o secretaria)
  • Certificado del acuerdo del órgano competente que apruebe la presentación de la solicitud
  • Declaración responsable de cumplimiento de obligaciones de las entidades beneficiarias
  • Memoria descriptiva del proyecto y presupuesto (en modelo normalizado o formato equivalente)
  • Certificado de no recuperación o compensación del IVA, si el IVA se incluye como gasto subvencionable
  • Declaraciones responsables sobre otras subvenciones solicitadas o recibidas para los mismos gastos
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
  • Planificación estratégica en materia de innovación, si se alega para valoración

La solicitud debe firmarse electrónicamente por el representante legal con certificado reconocido.

Cómo y dónde presentar la solicitud

La tramitación es exclusivamente telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat:

La resolución provisional se publicará en la web de la Conselleria (cindi.gva.es), sustituyendo a la notificación individual. Los interesados tendrán 10 días hábiles para formular alegaciones desde la publicación de la resolución provisional.

Qué tener en cuenta antes de solicitar

Tres aspectos prácticos que conviene revisar antes de preparar la documentación:

1. La memoria del proyecto es el documento clave: las solicitudes se bareman según la base 14 de la orden de bases reguladoras. Una memoria bien estructurada, con indicadores claros, impacto medible y alineación con la planificación estratégica del municipio, marca la diferencia en la valoración.

2. El IVA puede incluirse como gasto subvencionable, pero requiere certificado del órgano competente que justifique que la entidad no lo recupera ni compensa. Verificar esto antes de preparar el presupuesto evita ajustes de última hora.

3. El plazo es corto, pero no es excusa para quedarse fuera. Con 20 días naturales desde el 25 de marzo, la ventana de preparación es reducida si partes de cero. Pero no tienes que hacerlo así. Desde municipiODS trabajamos con líneas de proyecto ya desarrolladas y documentadas que pueden adaptarse a tu municipio: la certificación en sostenibilidad municipal mODS —con metodología, indicadores y sistema de evaluación contrastados— y la creación de oficinas municipales del dato, una apuesta por la gobernanza de los datos territoriales que encaja directamente con los criterios de innovación de esta convocatoria. Si tu ayuntamiento quiere presentarse pero no sabe por dónde empezar, ese es exactamente nuestro punto de partida.

¿Quieres saber si tu municipio puede presentarse a Territorios Innovadores 2026 con alguna de estas líneas? El equipo de municipiODS puede ayudarte a valorarlo.

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