La compra pública verde en contratos menores suele quedarse fuera de los planes municipales: se piensa en los grandes pliegos y se olvida el material de oficina, la limpieza puntual o el pequeño suministro. Pero la Ley de Contratos no hace esa distinción, y la compra pública verde en contratos menores es donde más decisiones de gasto se toman cada día.
Estas son las claves para incorporarla sin complicar la tramitación.
Qué dice la Ley de Contratos sobre los contratos menores
El artículo 1.3 de la Ley de Contratos del Sector Público obliga a incorporar criterios sociales y medioambientales «de manera transversal y preceptiva» en toda la contratación pública, siempre que guarden relación con el objeto del contrato. Toda incluye los contratos menores.
Según el artículo 118, son contratos menores los de valor estimado inferior a 40.000 euros en obras y a 15.000 euros en suministros y servicios. Se pueden adjudicar directamente (artículo 131.3), con un informe que justifique la necesidad del contrato y que no se fracciona su objeto, la aprobación del gasto y la factura.
Además, el artículo 63.4 obliga a publicarlos al menos cada trimestre: objeto, duración, importe con IVA y adjudicatario. Es decir, lo que compras con contratos menores es público y comparable.
Por qué la compra pública verde en contratos menores se escapa
La razón es práctica: no hay pliego, el plazo es corto y la compra la decide a menudo cada servicio por su cuenta. Sin una instrucción común, cada departamento compra como siempre y el criterio ambiental no llega a plantearse.
El resultado es que una parte del gasto recurrente del ayuntamiento, la que se repite cada mes en papel, limpieza, pequeño mantenimiento o catering, queda fuera de cualquier estrategia verde.
Que cada contrato sea pequeño no significa que su impacto lo sea. Sumados a lo largo del año, los contratos menores de un mismo tipo pesan en el gasto corriente, y la compra pública verde en contratos menores es la forma de que ese volumen también cuente.
Cinco claves para aplicar la compra pública verde en contratos menores
| Clave | Cómo se aplica | Dónde queda escrito |
|---|---|---|
| Una instrucción interna | Criterios ambientales mínimos para las compras más repetidas | Instrucción o circular de la alcaldía o de contratación |
| Requisitos en la petición de oferta | Pedir lo que se quiere comprar ya con su característica ambiental | Solicitud de presupuesto al proveedor |
| Etiquetas como prueba | Exigir una etiqueta ambiental, aceptando las equivalentes | Petición de oferta y factura |
| Justificación en el informe | Explicar por qué el criterio guarda relación con el objeto | Informe de necesidad del artículo 118 |
| Seguimiento | Revisar cada trimestre qué compras ya incorporan criterios | Relación trimestral de contratos menores |
¿Tus contratos menores ya incluyen algún criterio ambiental?
El equipo técnico de mODS puede ayudarte a identificar las compras más repetidas y los criterios que mejor encajan en cada una.
Etiquetas: la forma sencilla de pedir productos más sostenibles
El artículo 127 permite exigir una etiqueta específica como prueba de que un producto o servicio cumple características ambientales, siempre que sus requisitos estén vinculados al objeto del contrato. Si la pides, tienes que aceptar también las etiquetas equivalentes y otros medios de prueba adecuados.
En la compra pública verde en contratos menores es la vía más práctica: el proveedor acredita el requisito con la etiqueta y el expediente queda justificado sin estudios técnicos adicionales.
Por ejemplo, en material de oficina o productos de limpieza puedes pedir la etiqueta ecológica de la Unión Europea o equivalente; en la comida de un acto municipal, productos de agricultura ecológica o de comercio justo, que el propio artículo 127 menciona.
Cómo dejarlo justificado en el expediente
El informe del artículo 118 ya es obligatorio, así que no añade trámites: basta con que recoja por qué se pide el criterio y cómo se relaciona con lo que se compra. Si cada servicio usa el mismo modelo de informe, la compra pública verde en contratos menores deja de depender de la iniciativa de cada técnico.
Un modelo único de informe, con dos o tres frases sobre el criterio ambiental, hace que la compra pública verde en contratos menores sea fácil de revisar por Intervención.
La publicación trimestral sirve después como control: permite ver qué proveedores y qué tipos de compra concentran el gasto y dónde falta todavía el criterio ambiental.
Compra pública verde en contratos menores y ODS 12
La compra pública verde en contratos menores conecta directamente con el ODS 12, producción y consumo responsables. Para los contratos grandes, repasa nuestra guía sobre criterios ambientales en contratos de servicios y la introducción a la compra pública verde. Y si tus compras tienen impacto en residuos, revisa también la situación de los residuos municipales en 2026.
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Empieza por la fase 0: una primera lectura de la situación de tu municipio frente a los ODS, también en su forma de comprar.
Preguntas frecuentes
¿Se pueden incluir criterios ambientales en un contrato menor?
Sí. El artículo 1.3 de la Ley de Contratos obliga a incorporar criterios medioambientales en toda la contratación pública, siempre que guarden relación con el objeto del contrato, y eso incluye los contratos menores.
¿Cuáles son los límites de un contrato menor?
Un valor estimado inferior a 40.000 euros en obras y a 15.000 euros en suministros y servicios, según el artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público.
¿Puedo exigir una etiqueta ecológica en un contrato menor?
Puedes pedir una etiqueta específica como prueba de que el producto o servicio cumple el requisito ambiental, siempre que esté vinculada al objeto. Tienes que aceptar también las etiquetas equivalentes y otros medios de prueba adecuados.
¿Hay que publicar los contratos menores?
Sí, al menos cada trimestre, con su objeto, duración, importe con IVA y adjudicatario. Solo quedan fuera los de menos de 5.000 euros pagados por anticipo de caja fija o un sistema similar.


